Un plan mundial para privatizar los Servicios Públicos...
Cómo hacer de la Sanidad Pública un negocio rentable...
El Acuerdo General Sobre Comercio de Servicios (AGCS)
El peso específico del sector público en la economía europea es tan significativo, que equivale prácticamente a la mitad de su producto interior bruto (PIB). Esto nos da una idea del importante negocio que supondría traspasar a manos privadas los enormes beneficios que se podrían generar en este sector, hasta hoy en manos del Estado. Con este objetivo en mente, los grandes organismos financieros internacionales (Fondo Monetario Internacional, Organización Mundial de Comercio y Banco Mundial) y la Unión Europea, subordinados a los intereses de las compañías internacionales del sector de la salud (laboratorios farmacéuticos, electromedicina, etc.), han diseñado una estrategia para abrir los sistemas de salud al “mercado”, lo que les permitiría derivar los suculentos beneficios que podrían obtener hacia el sector privado.
Esta estrategia arrancó hace más de 10 años, con la entrada en vigor del Acuerdo general sobre comercio de servicios (AGCS). Como se puede leer en la página Web de la Organización Mundial de Comercio (OMC):“El AGCS se inspiró básicamente en los mismos objetivos que su equivalente en el comercio de mercancías, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT): ….fomentar el comercio y el desarrollo a través de una liberalización progresiva. En la actualidad, los servicios, aunque representan más del 60 por ciento de la producción y el empleo mundiales, no suponen más del 20 por ciento del comercio total (según los datos de la balanza de pagos). Sin embargo, no debemos subestimar este porcentaje -aparentemente pequeño. Muchos servicios, que desde hace tiempo han sido considerados como actividades genuinamente nacionales, han ido adquiriendo cada vez más movilidad internacional. Es probable que esta tendencia se mantenga, debido a la introducción de nuevas tecnologías de transmisión, la supresión en muchos países de monopolios existentes desde hacía mucho tiempo, y las reformas normativas en sectores sometidos hasta ahora a una estricta reglamentación, como el de los transportes. Unidas a los cambios en las preferencias de los consumidores, estas innovaciones técnicas y normativas han potenciado la “comerciabilidad” de los servicios, y, de esta forma, han hecho necesario el establecimiento de disciplinas multilaterales”
El AGCS entró en vigor en 1995 y formó parte de una serie de compromisos que dieron origen a la Organización Mundial del Comercio. Es algo así como el conjunto de normas multilaterales que abarca el comercio internacional de servicios. Tras la insinuación se encierra un objetivo: la liberalización progresiva de los servicios esenciales para la sociedad y que en estos momentos son atendidos por los poderes públicos (sectores que afectan al medio ambiente, los recursos naturales, la educación, la seguridad social, los servicios de transporte o de correo, y por supuesto a la salud). Este acuerdo obliga a los gobiernos de los países asociados a derogar las regulaciones internas que impiden o limitan la entrada de las multinacionales en los países respectivos. La OMC puede incluso anular unilateralmente normativas estatales y sancionar a aquellos países que no cumplan sus resoluciones. Esta capacidad sancionadora puede derivar en que los gobiernos se vean impedidos a la hora de definir políticas en sectores claves para garantizar ciertos servicios básicos.
Tratan de justificarse afirmando que una mayor apertura en los mercados mejoraría las posibilidades de los países en desarrollo para optimizar los servicios a sus ciudadanos y les daría más oportunidades comerciales para su crecimiento económico. Pero la cruda realidad es que el verdadero objetivo de la OMC al desarrollar el AGCS es la promoción y expansión del libre comercio apoyando la generación de más beneficios para las empresas a costa de la provisión de los servicios públicos. Y por eso ve en los monopolios de los sectores públicos, sobre todo europeos, grandes barreras para el comercio.
Pero la OMC no está sola en sus oscuros propósitos. La Unión Europea y el Tribunal Europeo de Justicia han dictaminado que tanto los servicios sociales como los sanitarios son actividades económicas sujetas a las leyes del mercado. Esto significa que se han transformado en mercancías con las que se puede comerciar, y que, jurídicamente, tienen potestad para actuar contra aquellos países miembros que pongan restricciones a la “libre circulación” de “servicios” sanitarios. LA SALUD PASA DE SER UN DERECHO DE LOS CIUDADANOS A UNA MERCANCIA SUJETA A LAS LEYES DE MERCADO, SUBCEPTIBLE DE SER COMPRADA O NO, EN FUNCIÓN DEL PODER ADQUISITIVO.
Muchos gobiernos ya habían empezado a privatizar los servicios que ofrecían, tales como las telecomunicaciones o la electricidad porque habían empezado a ser rentables para el capital privado. ¿Las consecuencias?: fusión de empresas que generan mercados oligopolistas y terminan por elevar los precios de los productos; inseguridad y disminución de la calidad de los servicios, como en el caso de los transportes; mengua de la garantía de provisión, como en el caso de la electricidad; degradación del medio ambiente; degeneración y disminución del empleo; despilfarro de los recursos públicos en oscuros procesos de privatización…
Abrir los sistemas sanitarios públicos al mercado es una tarea con elevados costes políticos. Para hacer más digerible el proceso, es preciso poner en marcha una serie de modificaciones semánticas (manipulación y perversión del lenguaje) para presentar el proceso como una “modernización” de la Sanidad. Así el término mercado pasa a ser “análisis de las necesidades”, las compras se transforman en “contratos”, los pacientes en “clientes” y los vendedores en “proveedores”.
Por otro lado la constante crítica al funcionamiento de los servicios públicos apoyada por políticos neoliberales, ha conseguido que una parte importante de la sociedad acepte la falacia de que estos serían mucho más eficaces si se entregaran a la competencia del mercado.
SITUACIÓN EN ESPAÑA
En nuestro país, una vez privatizados los principales servicios públicos (telefonía, comunicaciones, transporte...), la Administración ataca los únicos sectores que aún se mantienen como mayoritariamente públicos, y en los que se pueden lograr importantes beneficios económicos con su explotación mediante modelos privados: la enseñanza y la sanidad.
Así, mediante una enmienda a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado de 1999 el Gobierno decidió desarrollar en los hospitales del Insalud la Ley 15/97 de habilitación de nuevas formas de gestión de la Sanidad. Esta ley establecía que "la gestión y administración de los centros, servicios o establecimientos sanitarios de protección de la salud o de atención sanitaria o sociosanitaria podría llevarse a cabo directamente o indirectamente a través de la constitución de cualesquiera entidades de naturaleza o titularidad pública admitidas en derecho". Ya entonces la continuidad del estatuto del personal sanitario, la mejora de la gestión y la asistencia y el mantenimiento del sistema público eran las principales preocupaciones de los detractores del proyecto.
Después de esto la sanidad pública en nuestro país ha seguido el modelo establecido: primero descentralización que acaba degenerando en fragmentación y deterioro de la asistencia (cada Comunidad Autónoma utiliza un modelo sanitario: diferente gasto sanitario por habitante; distintas prestaciones sanitarias según donde se viva, etc.); y, a continuación, se da entrada a las empresas privadas en un terreno abonado por un discurso que curiosamente es defendido por los propios “gestores públicos” de talante neoliberal de turno (“lo público no es eficiente…….”). De esta forma, en la actualidad podemos encontrar en España distintos modelos de gestión sanitaria
SITUACIÓN EN LA COMUNIDAD DE MADRID
El caso de la Comunidad de Madrid no ha resultado ser muy diferente. La aprobación de la Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM) abrió la puerta a nuevos modelos de gestión sanitaria en nuestra Comunidad. Una vez abandonado el modelo de fundaciones publicas sanitarias (que permitía eludir el control del gasto público y cierta flexibilidad en la contratación), se está imponiendo un nuevo modelo que supone el ataque más grave sufrido hasta la fecha por la Sanidad pública de nuestra región: los modelos PFI (Private Finance Iniciative) y PPP (Public Private Partnerships) , que se aplican en nuestro estado bajo las denominadas Concesiones de Obras Pública o Concesiones Administrativas, permiten por primera vez a las empresas privadas entrar a gestionar parcelas del Sistema Nacional de Salud sin intermediaciones, y en ellas aparece por primera vez el ánimo de lucro como objetivo; esto significa que los accionistas de las empresas concesionarias invierten en proyectos PFI para apoderarse del excedente de explotación o de los beneficios, asegurándose períodos de rentabilidad de varias décadas.
Los términos mágicos PFI y PPP suponen una cierta “ventaja” para cualquier Administración, debido a que Eurostat ha fijado las condiciones en las que el gasto realizado bajo ese concepto, pueda clasificarse como activos no públicos, y en consecuencia, fuera del balance público a efectos de déficit y deuda (resolución UE de febrero de 2004).
En esta línea, el gobierno de la Comunidad ha construido sus nuevos hospitales (Majadahonda, Vallecas, Arganda, Parla, ranjuez, Coslada y S. Sebastián de los Reyes), eligiendo el modelo de concesiones sanitarias. El hospital de Valdemoro es completamente privado (pertenece a Capio, que a su vez forma parte de la empresa americana de inversión en capital de riesgo Apax Partners)
¿QUÉ ES UNA CONCESIÓN SANITARIA?
Dentro de las múltiples figuras utilizadas para el desmantelamiento de la sanidad pública (léanse fundaciones, consorcios, etc.), surge una novedosa: la “concesión de obra pública”. Esta figura, existente en el ordenamiento jurídico, permite a una empresa privada optar a la construcción y/o gestión de una obra pública durante varias décadas, percibiendo por ello fondos públicos hasta que la empresa en cuestión amortice los gastos y evidentemente, obtenga beneficios. Este modelo es denominado “gestión sin riesgo”, ya que la empresa privada se queda con los beneficios y la Administración Pública asume las pérdidas, los capítulos gravosos (el gasto farmacéutico, la oxigenoterapia, las prótesis quirúrgicas, el trasporte sanitario o la salud mental), o las desviaciones presupuestarias. Mediante este sistema, los madrileños nos veremos obligados a pagar por las infraestructuras sanitarias y las prestaciones más dinero de lo que en realidad cuestan, ya que los intereses de los préstamos obtenidos por las empresas privadas son más altos de lo que hubiera ocurrido si la infraestructura fuera directamente pública y el préstamo hubiera sido solicitado por la Administración Pública.
En la página Web de Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), una de las empresas adjudicatarias de estas concesiones, encontramos claramente definida la “justificación” y el “objetivo” de estas concesiones: “Las limitaciones económicas de los erarios públicos, para acometer a su cargo todas las infraestructuras que demanda el desarrollo de los países, han conducido con carácter global a la necesidad de financiar las obras por métodos extrapresupuestarios. Este proceso se está generalizando actualmente en todo el mundo desarrollado y ha supuesto, concretamente en los países de la Unión Europea, un incremento apreciable de la licitación, gracias al modelo de la concesión administrativa”.“FCC CONSTRUCCIÓN participa normalmente en el capital social de los consorcios constituidos con la finalidad de acudir a los concursos convocados por las Administraciones Públicas, si del análisis de la viabilidad económica de la concesión se deduce la adecuada rentabilidad a largo plazo”
Y a pesar de que los madrileños y los profesionales sanitarios defienden la Sanidad Pública... Ellos a lo suyo (a llenar los bolsillos de sus amiguetes los super-empresarios)
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